http://www.extremaduraprogresista.com/index.php?option=com_content&view=article&id=10734:tovar-mena-incumple-lo-ordenado-por-la-justicia&catid=40:libre-opinion&Itemid=59#JOSC_TOP
Selecciono del articulo en prensa, a ver que os parece:
Selecciono del articulo en prensa, a ver que os parece:
A estas dos personas en su día las contrataron de las listas del INEM sin realizar un sólo examen de ningún tipo y se les otorgaron sendos puestos de Conductoras-Maquinistas con contrato de interinidad. Transcurrido un tiempo, suficiente como para tener la máxima puntuación en méritos en un concurso-oposición para consolidar las plazas que estaban ocupando,"surgió" un proceso selectivo para esos puestos.
Pero a pesar de su máxima puntuación en el concurso, se encontraron con el handicap de que no aprobaron ni el primer examen.
La Diputación, evitando que se quedaran fuera, suspendieron el segundo examen a todos los opositores que habían aprobado el primero.
Salió fugazmente publicado en prensa (HOY 22-4-2008) y los damnificados recurrieron al Defensor del Pueblo. De nada les sirvió. Todos suspendidos y ellas dos siguieron tan ricamente en sus puestos.
Pero el asunto no había tocado a su fin. Alguien consideró que tenían que pasar a ser conductoras de coche oficial (Oficial Mecánico-Conductor) y aunque se habían presentado a estas oposiciones y quedado en puestos muy retrasados, 94 y 95 respectivamente en la bolsa de laborales, como se puede ver en el BOP Nº 137 de 17 de julio de 2007, eso no fué óbice para que acabaran conduciendo un coche oficial, ni siquiera aunque los sindicatos les mostraran su disconformidad con la jugada aunque, por otra parte, no movieron ni un dedo para evitarla.
Y es que, actualmente y desde el 1 de Enero de 2009 están ocupando una plaza cada una de Oficial Mecánico-Conductor en el Parque Móvil de la Exma. Diputación Provincial de Cáceres. Todo ello saltándose a más de 80 personas que van delante de ellas en la bolsa, dado que cuando iba por el puesto 11 (recuerden ellas están en el 94 y 95 respectivamente) fué cuando las colocaron a ellas con calzador. Todo esto infringiendo la Base Décima de la convocatoria así como la Normativa Reguladora de las Bolsas de Trabajo Temporal de la Exma. Diputación Provincial de Cáceres (BOP de fecha 18-10-05, nº 199) que según la Sentencia 122/2008 del TSJEx son las que se deben acatar para cubrir las plazas temporales e interinidades.