Oposiciones Junta Extremadura

¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
Oposiciones Junta Extremadura

Oposiciones a la junta de Extremadura. RELOADED


2 participantes

    Anulaciones de oposiciones en Extremadura

    avatar
    Lista Negra


    Mensajes : 268
    Fecha de inscripción : 18/05/2010

    Anulaciones de oposiciones en Extremadura Empty Anulaciones de oposiciones en Extremadura

    Mensaje  Lista Negra Miér Jul 07, 2010 9:29 pm

    No es nada habitual en nuestra Comunidad Autónoma la anulación de un proceso selectivo, y no será porque no abunden las irregularidades y los favoritismos, sino por las pocas veces que los opositores y los legitimados llegan a los tribunales, por la dificultad de probar tales irregularidades, por lo poco que tienden los jueces a implicarse… De todos modos, he aquí algunos ejemplos de claros enchufismos reconocidos judicialmente:

    STSJ Extremadura núm. 1209/2006 (Sala de lo Contencioso-Administrativo). Se demanda al Ayuntamiento de Mérida; recurso que versa sobre: contra resolución de 20 de febrero de 1990 dictada por el Tribunal Calificador en la Convocatoria del Ayuntamiento de Mérida de fecha 7 de agosto de 1996 para la selección de 17 plazas de Agente de la Policía Local.
    Debemos reiterar, que no se trata de valorar o puntuar el contenido de cada ejercicio, esta Sala de Justicia no entra a calificar los exámenes con arreglo a los criterios administrativos o procesales que considera aplicables al supuesto práctico planteado a los opositores sino que realiza una mera comprobación formal de los ejercicios y no encuentra justificación para que el cuarto ejercicio de Don Jose Daniel haya obtenido cinco puntos así consta en la primera columna del folio 30 del expediente administrativo que recoge la puntuación del cuarto ejercicio mientras que los ejercicios de Don Alonso (recurrente en el proceso 1173/97) y Don Alejandro (recurrente en el proceso 1172/97) hayan merecido la calificación de un 4,75 puntos. La conclusión de todo ello es que el Tribunal Calificador no ofrece una justificación suficiente de los diferentes criterios utilizados en la calificación de los ejercicios, incurriendo en una vulneración del principio de igualdad en el acceso a los puestos de trabajo al servicio de las Administraciones Públicas que motiva la declaración de nulidad de la propuesta de aspirantes seleccionados realizada por el Tribunal Calificador. Esta Sala de Justicia no puede sustituir en su integridad la decisión técnica adoptada por el Tribunal Calificador, pues, si así fuera, su facultad controladora se extendería también al denominado núcleo de discrecionalidad técnica. Pero sí puede comprobar el efectivo respeto por la Comisión Calificadora de los principios de igualdad, mérito y capacidad en el desarrollo de la oposición, principios que garantizan el efectivo cumplimiento de las exigencias constitucionales por la Comisión Calificadora del concurso.
    En consecuencia, al ser necesaria una nueva calificación de los ejercicios, la doctrina jurisprudencial que acabamos de exponer impide que la Sala entre a calificar cada uno de los exámenes del cuarto ejercicio, por lo que se anula el acto administrativo impugnado y procede ordenar la retroacción de actuaciones para que los exámenes del cuarto ejercicio sean nuevamente valorados por el Tribunal Calificador previsto en las bases de la convocatoria con idénticos criterios de corrección.


    Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª). Sentencia núm. 1219/2004 de 28 julio. Recurso contencioso administrativo número 1108/02 , promovido por el recurrente COLEGIO OFICIAL DE DIPLOMADOS EN TRABAJO SOCIAL Y ASISTENTES SOCIALES DE CÁCERES, siendo demandado el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CÁCERES, contra las Bases de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad, mediante el sistema de Concurso-Oposición Libre de UNA PLAZA DE TRABAJADOR SOCIAL.
    se privilegia de forma desproporcionada (con la asignación de doble puntuación), la experiencia en un puesto similar al ofertado en el mismo Ayuntamiento convocante que en cualquier otra Administración Pública, ya sea estatal, autonómica o local, comporta las mismas consecuencias y conclusiones que en ella se alcanzaban, al no existir elementos de razonabilidad que justifiquen y legitimen tal desigualdad, que de ningún modo pueden venir dados porque la experiencia como trabajador social se haya desarrollado en un Ayuntamiento en concreto, el convocante de las pruebas, y que esa misma experiencia, también como trabajador social en otro Ayuntamiento o cualquier otra Administración Pública merezca una minusvaloración de hasta la mitad de puntuación. De lo expuesto y razonado debe seguirse la íntegra estimación del presente recurso contencioso- administrativo y la declaración de radical nulidad de la Resolución objeto de impugnación, que resulta infractora del principio de igualdad que garantiza el artículo 14 de la Constitución, debiendo aplicarse a todos los aspirantes un mismo criterio de valoración por el mérito que nos ocupa.


    STSJ Extremadura núm. 60/2002 (Sala de lo Contencioso-Administrativo).
    Recurso contra una Resolución del Ayuntamiento de Alcúescar de 23-06-1998, en la que se resolvía el concurso-oposición de la plaza de secretario-interventor de dicho Ayuntamiento.
    Pues bien, el conjunto de pruebas practicadas, llevan a esta Sala Tercera, al mismo convencimiento que obtuvo el Tribunal «a quo», de concurrir en el acto impugnado desviación de poder, pues el Baremo de Méritos específicos aprobado, y que se tuvo en cuenta para cubrir la vacante de Interventor en la Diputación, respondían exactamente al perfil de quien en el momento de aprobarse el Baremo desempeñaba ese puesto con carácter provisional, hasta el punto de que todos y cada uno de los puntos que preveía el Baremo los alcanzó dicho aspirante, frente a ningún punto de ese Baremo alcanzado por los restantes aspirantes. Todo lo expuesto nos conduce a considerar que en conjunto los méritos establecidos favorecían de modo especialmente significativo a un concreto candidato perjudicando al resto y constituyendo una referencia explícita a uno de ellos, vulnerándose de este modo los principios constitucionales de mérito y capacidad y el derecho fundamental de igualdad en el acceso a las funciones públicas.

    Fernandez Vara
    Fernandez Vara


    Mensajes : 445
    Fecha de inscripción : 20/05/2010

    Anulaciones de oposiciones en Extremadura Empty Re: Anulaciones de oposiciones en Extremadura

    Mensaje  Fernandez Vara Miér Jul 07, 2010 11:18 pm

    joder Lista Negra, vaya cañoneo Very Happy

    ¿De donde sacas estas golosinas?

    Flipado me hallo sobre todo con la primera, pues yo fui a Contencioso contra la Consejeria de Jovenes y Deporte, por un examen para una preciosidad de plazas, en las que para mi, los criteriros para valorar los aprobados en la segunda prueba, no eran nada claros.

    Era una prueba en la que te ponian un caso practico, divididos en 4 preguntas y luego leerlo ante el tribunal

    Ya no recuerdo bien las bases, pero insisto que hablando de mi de memoria, lo que impugne fue algo muy parecido a esto



    Debemos reiterar, que no se trata de valorar o puntuar el contenido de cada ejercicio, esta Sala de Justicia no entra a calificar los exámenes con arreglo a los criterios administrativos o procesales que considera aplicables al supuesto práctico planteado a los opositores sino que realiza una mera comprobación formal de los ejercicios y no encuentra justificación para que el cuarto ejercicio de Don Jose Daniel haya obtenido cinco puntos así consta en la primera columna del folio 30 del expediente administrativo que recoge la puntuación del cuarto ejercicio mientras que los ejercicios de Don Alonso (recurrente en el proceso 1173/97) y Don Alejandro (recurrente en el proceso 1172/97) hayan merecido la calificación de un 4,75 puntos. La conclusión de todo ello es que el Tribunal Calificador no ofrece una justificación suficiente de los diferentes criterios utilizados en la calificación de los ejercicios,


    Es decir, lo que yo le transmitia a mi abogado, era precisamente esto, que yo queria que el juez viese el examen, concretamente de una persona de mi pueblo, de la que yo tenia la conviccion personal absoluta, que no podia tener ni la menor idea de como contestar a la segunda prueba y que la comparan con la mia

    Para que apreciasen a diferencia formal que habria entre mi ejercicio y el de esta otra persona.

    En mi caso, yo me quede con una sensacion de haber hecho el primo, bastante seria.

    En primer lugar, el juez accedio a pedir los examenes al tribunal, para ver si era verdad que algun examen aprobado, podia ser una sarta de gilipolleces.

    Mi abogado, no se que se le pasaria por la cabeza, que le dio por pedir una pericial, por que decia que a el, el examen de la esa persona le parecia correcto.


    Yo alucinando con que al abogado, el examen de cierta persona, le pudiera parecer "correcto"


    Asi que, le digo que eso es imposible, que vieramos entre los dos los examenes que le bian ha remitido desde juzgado, para que yo le dijese donde podrian estar las absurdeces en los examenes de los otros aspirantes,a lo que me dice que ni de coña, que puede contravenir la LOPD

    Le digo, que bueno, que le tape los datos y asunto solucionado, me dice que nanay, con lo que entonces me pregunto, para que cojones se pensaria el hombre este, que le han dado del juzgado los examenes, si no es para revisarlos en busca de los errores formales, que yo denunciaba.


    El dia de a vista, como el tio no tiene nada, ni pericial de un educador, por que el juez no se lo concedio, ni nada que presentar....el juez desestima el caso.


    Al final yo, me quedo con el caso desestimado, y a dia de hoy, no tengo ni puta idea, de si el juez reviso los examenes de los otros aspirantes, no ya para corregir al tribunal en su criterio, si para buscar la misma situacion que en la sentencia de los policias, es decir, errores de bulto como examenes en los que manifiestamente no se responda a lo contestado.

    Ni si lo hizo mi abogado, ni si lo hizo alguien en defenitiva.....

    Vamos, que sali con un sensacion de tonto de cojones.

    Y encima mi caso es posterior a esta sentencia de los policias, donde si se hizo
    avatar
    Lista Negra


    Mensajes : 268
    Fecha de inscripción : 18/05/2010

    Anulaciones de oposiciones en Extremadura Empty Re: Anulaciones de oposiciones en Extremadura

    Mensaje  Lista Negra Jue Jul 08, 2010 12:00 am

    Buah para que un juez o tribunal anule un proceso selectivo tiene que ser muy valiente y mostrar interés y profesionalidad. He buscado sentencias en la base de datos sobre oposiones en Extremadura y he colgado aquí algunas estimatorias pero la gran mayoría fallan en contra del recurrente. Es difícil probar las irregularidades, los jueces no quieren problemas y es difícil encontrar un abogado que controle de la materia contencioso administrativa.

    También es muy gorda la del famoso caso del SES y algunas que insinunan similitud entre examanes y ciertos test o pruebas de academias.

    Ya iré colgado aquí sentencias sobre otra materias relacionadas con oposiciones.

    Contenido patrocinado


    Anulaciones de oposiciones en Extremadura Empty Re: Anulaciones de oposiciones en Extremadura

    Mensaje  Contenido patrocinado


      Fecha y hora actual: Jue Nov 21, 2024 2:02 pm